La Ley de Amnistía como acto de guerra.por: Diego Sequera

Quien a esta altura no ha revisado directamente la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, que entonces agarre la autopista y se vea el reportaje que Rafael Ortega realizó para Vtv. De resto, ya hay una discusión bastante encendida, concentrándose sobre todo en su articulado. En esta nota vamos a analizar la Ley como un documento de literatura poítica. Que también lo es.

Solamente una crisis -real o percibida- produce cambios reales. Cuando esa crisis ocurre, las acciones que se toman dependen de las ideas que por ahí yacen… Nuestra función es la de desarrollar alternativas a las políticas existentes, mantenerlas vivas y disponibles hasta que lo políticamente imposible se convierta en lo políticamente inevitable

Milton Friedman

Lo que ha rodado como la Ley de Amnistía (LA) y que ha sido promovido a niveles salvajes es una ley que se encuentra en su primera discusión. En esa primera ronda se discuten los motivos de la ley que se propone, en la segunda discusión se debate el marco jurídico. Lo que los medios han querido venderte como la LA no lo es, si acaso es un primer borrador. Es un coñazo mediático y esa es su intención central tal como ha sido presentada.

No hay persona que interprete la letra constitucional de cualquiera lado de la talanquera que no admita lo atrofiado de la ley en tanto constructo. Como está concebida en primera discusión, o bien ajustan parte del articulado de toperwer a un mínimo marco jurídico, o bien siguen por este camino a troche y moche, y si así lo hacen, quedará demostrado que a quienes menos les importan los políticos presos y demaÅ› felones serán a los mismos que la promueven.

Si su dimensión jurídica es una tocerdura de sentido consciente, en su interpretación no-convencional es un acto de guerra y sus efectos son de orden moral, simbólico y psicológico, no jurisprudencial.

Desde una perspectiva literaria una agresión con una simbología clara, y en tanto texto, en tanto fenómeno escrito, ostenta un autor implícito violento y criminal. Es un acto de anti-historia, y se inserta a la perfección en el macrorrelato de las sanciones de Estados Unidos contra Venezuela. Dentro de esa trama es otro recurso narrativo: esa ley está inhabilitada para avanzar políticamente, pero eso no importa, porque lo central es que allane y mine el ambiente aún más.

Se trata de pasmar la memoria, simular el diálogo, tomar una «iniciativa» de búsqueda simulada de consenso y a todo tren, a todo trapo, a todo viático. Y lo agendado que se coloca dentro de

¿Dónde radica su función encubierta, detrás de la fachada Rctv en la que se empotra el cagajón de discurso de voz de diputados de la altura de Richard Blanco e Ismael García? El diurético mental que permanentemente repiten con las exactas mismas palabras cuanto vocero, actor político o seres bidimensionales como Nacho ya dan suficiente medida del entubamiento táctico.

Y a propósito de esa fuente inagotable de virtudes políticas que mientan Richard Blanco, tomemos medida de lo que dicen como presuntas individualidades: «no solo se le concederá la libertad a todos aquellos que han sido víctimas de tormentosas violaciones a sus derechos humanos por discrepar contra el régimen, sino que los eximirá absolutamente de culpabilidad alguna, puesto que no existen elementos que los incriminen. Todos ellos, se valieron de la libertad de expresión que debe imperar en todo gobierno que se vea regentado por verdaderos demócratas, situación que no refleja la nuestra». Ahí tienen de regalito esa joya de la prosodia que escribió Blanco, ese cabillero otoñal.

Si tomamos a Richard Blanco como medida del momento, estamos atestiguando en todo su esplendor la banalidad del bien. Y no da risa.

La omisión, la tradición y el golpe mediático

«La amnistía es un instrumento absolutamente lícito desde el punto de vista constitucional que permite poner fin a la persecución y al castigo penal respecto de determinados delitos, con la finalidad de cerrar heridas políticas o sociales que dificultan la convivencia», dice en su exposición de movitvos, con un tono casi virginal.

Pero en esa omisión deliberada se encuentra la nuez del relato. Tal vez sea una imprecisión llamar a la LA como la «ley amnesia», puesto que la amnesia, al menos en términos convencionales, alude a situaciones que provocaron ese acto de olvido, como un golpe en la cabeza. Por lo tanto en términos psicológicos no hablamos de un momento de oscuridad de esa naturaleza, sino de un consciente, voluntario, deliberado, interesado y bien llevado ejercicio de desmemoria. Un acto de propaganda.

Pensar que tal omisión del pasado, de nombre, víctimas y responsables obedece a un acto de descuido deliberado o a idiotez lo que confirma es su propio descuido y su esencia idiota. Siendo la prolongación del golpe, esta vez apoyado en el andamiaje del poder legislativo, y enmarcado en el universo general de la guerra no-convencional, se trata de un acto de shock. La línea que comunica a cada uno de los elementos de su propia tradición histórica. Porque detrás de ese documento destaca, también, un hecho culltural.

Ahora que hacen todo lo posible para rendir la «legitimidad que les dieron las urnas», ahora que su alborota la ilusoria psicología del dominador y que el tiempo se agota, veremos cuán embraguetados estarán para el rumbo que le quieran dar a su papel de trabajo.

Literatura comparada (o los espantosos modelos)

Tomemos un artículo como ejemplo:
«Se declara la extinción total de la responsabilidad penal por los delitos que hasta la entrada en vigencia de esta ley hubieran cometido en el enfrentamiento armado interno como autores, cómplices o encubridores, las autoridades del Estado, miembros de sus instituciones o cualquiera otra fuerza establecida por ley, perpetrados con los fines de prevenir, impedir, perseguir o
reprimir los delitos a que se refieren los artículos 2 y 4 de esta ley, reconocidos por la misma como delitos políticos y comunes conexos. Los delitos cuya responsabilidad penal se declara extinguida en este articulo se conceptúan también de naturaleza política, salvo los casos en que no exista una relación racional y objetiva, entre los fines antes indicados y los hechos concretos cometidos, o que éstos obedecieron a un móvil personal».
Si el enunciado resulta demasiado conocido, pero algo no cuadra, es porque se trata del artículo 5 de la Ley de Reconciliación Nacional de Guatemala, puesta en vigencia el 27 de diciembre de 1996 y que en teoría consagra el fin del conflicto armado en la desventurada nación centroamericana, y de todas las violencias de América la violencia más violenta es la de Guatemala.
La guerra que duró 36 años, con sus 30 mil desaparecidos, que registró los casos más violentos de genocidio, etnocidio y volencia de Estado en su versión más primaria fue resuelto con 13 artículos sancionados por el congreso. Revíselo y haga el contraste con la de acá, y busque cuántas veces se menciona la palabra víctima. La base es la misma. Y el principio, en términos simbólicos también.
Es en esta dirección que siempre se tiene que entender el mensaje de negación de las víctimas de las jornadas violentas, con una ley que a propósito de la violencia que ellos mismos perpetraron en 2014 abre su compás a toda responsabilidad política desde el momento en que se sanciona la actual Constitución de la República. No de otra forma se puede entender el acto, en su principio esencial, con el que Lilian Tintori acusa a las Víctimas de la Guarimbas de falsos, de comprados y de chowceros.
Tal vez con la excepción y complejidad de los Diálogos de Paz de La Habana entre el gobierno colombiano y las Farc, en el pasado reciente no existe ninguna «ley de amnistía y reconciliación» que no cumpla con el expreso objetivo de salvar a los victimarios,  y borrar a las víctimas. Que en casos como Argentina o Guatemala se trata de volverlos a desaparecer y matar una y otra vez en el espacio íntimo de las víctimas y la memoria colectiva. Son «leyes» del vencedor.
Pero existe también una diferencia de base, estructural y esencial: trátese de Argentina, Perú, El Salvador o Guatemala, se tratan de escenarios de altísima confrontación en el cual operaron escuadrones de exterminio para nombrar solo alguno de los mecanismos de guerra sucia y el rugir de las armas. En el caso de la presunta ley venezolana tenemos únicamente agresores flagrantes, que en su gran mayoría ostentaron ante cámaras y micrófonos sus grandes «logros», antes de pedir cacao.
Y no hay modelo de Ley de amnistía que no parta primero de la manida tesis de las «dos violencias», fuese admisible del todo este argumento o no. Esto ya es otra falla de origen. Otro acto que del gorilismo clásico en su etapa crepuscular pasó a la batería del golpismo sigloveitiunero.

La reivindicación incumplible y la agenda colorida

Asumamos por un momento que la LA avance, que pase la ley y se haga efectiva. ¿Alcanzará semejante acción un clima de concordia necesario para el diálogo que supuestamente piden? ¿Tributaría a la paz? ¿Lograría ser un paso para el equilibrio de poderes? La respuesta es evidente. Y en el pasado inmediato (y global) se tienen dos ejemplos que brillan chillonamente: las concesiones políticas que Yanukovich, el derrocado presidente ucraniano, sencillamente dieron pie para su derrocamiento.

Y cuando toda concesión no sólo es irrelevante en sus aspectos políticos ulteriores sino que se asume como una señal de debilidad, la agenda golpista avanza. Toda agenda de una revolución de color tiene en su repertorio una serie de reivindicaciones y exigencias cuando no imposibles, muy difíciles de conceder, pasando a ser un pivote político para seguir desarrollando la estrategia.

Ley de Amnistía, Decreto Obama y crisis humanitaria

Ya para diciembre de 2014 Misión Verdad realizó un análisis donde se demuestra que la «Ley 2014 para la Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela» (el Decreto Obama) por la que Venezuela Bolivariana fue declarada una «amenaza inusual y extraordinaria», apunta directamente a la línea de flotación constitucional del país. Y nada de lo contemplado en el proyecto de ley que actualmente hace bulla en la Asamblea Nacional está fuera de ese marco conceptual.

O bien por el mantra de los derechos hurmanos guerrerizados o bien como arista que se acople al relato general de la crisis humanitaria y el Estado fallido. La Constitución no es solo letra, sno que es cuerpo político que se ha reflejado como hechos históricos, concretos, que todavía tiene quien lo narre. Eso lo saben. Como también saben que esa ley difícilmente avance, porque su verdadero propósito es el pasmo político, el sacar las garras de acrílico que le pintaron en La Embajada. Una vez más, Leopoldo López no importa.

Lo que importa, en obediencia a esa lógica es seguir avanzando. Y esta «ley» es un elemento más de acumulación. Y nada más.