Protestas en apoyo a Alfredo Cospito y contra el Régimen 41 Bis.
Alfredo Cospito, militante anarquista italiano, fue detenido en 2012 por la Policía, acusado de disparar contra Roberto Adinolfi, gerente de la empresa Ansaldo Nucleare, perteneciente al poderoso grupo Finmeccanica, emporio industrial italiano especializado en el ámbito espacial.
Ya detenido, Cospito fue nuevamente juzgado por otro atentado y condenado en primer y segundo grado por ser reconocido como autor de la colocación de dos artefactos explosivos de bajo potencial, la noche del 2 y 3 de junio de 2006, cerca de la escuela de los Alumnos Carabineros en la ciudad de Fossano.
Los hechos se refieren a un procedimiento judicial, llevado a cabo por la fiscalía de la ciudad de Turín, que desembocó en un proceso contra los militantes de la “Federación Anarquista Informal”, de la que Cospito, según las acusaciones, era «jefe y organizador de la asociación con fines terroristas»; por estos delitos fue condenado en primer y segundo grado a 20 años de prisión.
Luego que el pasado 5 de mayo la entonces ministra de justicia, Marta Cartabia firmara el decreto, Alfredo Cospito fue llevado en la cárcel de Bancali, en Cerdeña.
En julio de 2022 el Tribunal de Casación, redefinió el contexto del delito ya juzgado; de «matanza contra la seguridad pública» a «matanza contra la seguridad del Estado»; delito que supone únicamente la pena de Cadena Perpetua y aplicación del Régimen 41 Bis.
Régimen 41 Bis
El régimen 41 Bis, fue establecido para ser aplicado a los capos de la mafia italiana luego de las matanzas perpetradas en 1992.
El 41 Bis es un régimen carcelario destinado a la aniquilación del preso, en cuanto está estudiado para provocar daños físicos y mentales a través de la técnica de privación sensorial; se trata de una condena a la muerte política y social, que busca romper cada forma de contacto y relaciones con el exterior.
En 2000, el Tribunal de Derechos Humanos consideró que el 41 Bis no era contrario al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, pero censuró algunos de sus contenidos y aspectos de aplicación.
En 2003, Amnistía Internacional afirmó que el 41 Bis, en algunos casos, constituye un trato inhumano y degradante del prisionero. En 2007 un juez de Estados Unidos negó la extradición del jefe mafioso Rosario Gambino porque, según él, la cárcel dura italiana es asimilable a la tortura.
Durante el juicio en segunda instancia de apelación, la defensa pidió a los jueces que revisaran el Régimen del 41 Bis, pero el Tribunal rechazó la solicitud; eso no obstante a que los jueces que accedieron a la petición reconocen la pequeña entidad del atentado, dada también la ausencia de daños o heridos y que a iguales conclusiones, entre otras, habían llegado las mismas fiscalías en los juicios anteriores.
Sometimiento a tratos denigrantes
Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, ha condenado la aplicación del Régimen 41 Bis que consiste en:
El recluso vive en una celda individual y no puede tener contacto con otros reclusos y no tiene acceso a las partes comunes de la prisión.
Se le concede solo para ciertos tipos de delitos y por un máximo de dos horas de aire al día sin contacto con otros presos.
El detenido es vigilado constantemente por un departamento especial del cuerpo de Policía Penitenciaria.
El mismo departamento no puede tener contacto con otros agentes de Policía Penitenciaria.
Una vez al mes, solo se permite una entrevista con los miembros de la familia para ciertos tipos de delitos. La entrevista tiene una duración máxima de una hora.
Los reclusos solo pueden ver a sus familiares a través de un vidrio blindado y sistemáticamente grabadas. No hay ningún tipo de contacto físico. Si la entrevista no es posible, el director de la prisión puede autorizar, solo con específicas motivaciones, una entrevista telefónica de 10 minutos por mes.
Los guardias abren, leen y pueden autorizar cartas escritas o recibidas por el poseedor.
Hay serios límites a las sumas de dinero, bienes y objetos que los detenidos pueden comprar dentro de la cárcel o recibir del exterior (bolígrafos, cuadernos, botellas…).
El detenido en 41 Bis no puede poseer ningún libro o revista salvo autorizaciones especiales.
En el caso de Alfredo, la Dirección de la Penitenciaria no le permiten incluso la posibilidad de tener las fotos de sus padres.
A pesar del Régimen Alfredo Caspito sigue luchando
Caspito, en protesta por su condición de detención bajo el Régimen 41 Bis, ha emprendido una huelga de hambre desde hace más de 104 días y a pesar de sus críticas condiciones de salud, ha reiterado su clara voluntad de continuar con el ayuno y de rechazar cualquier alimentación forzada.
Según las declaraciones de Angélica Milia, la médico de confianza que realiza el seguimiento semanal a Alfredo, “…el 20 de abril Alfredo estará muerto. Una espera tan larga es incompatible con sus condiciones. La situación es límite, no ha comido durante más de 100 días y ha perdido más de 40 kilos. La literatura médica ha demostrado que cuando una persona pierde la mitad de su peso los daños son irreparables. No puede esperar tanto, en cualquier momento puede sufrir un colapso y tendrán que reanimarlo y alimentarlo por la fuerza. Pero él ya ha dejado escrito que rechaza la alimentación forzosa”.
Solidaridad venezolana
Este martes organizaciones populares venezolanas consignaron ante la representación diplomática de Italia en Caracas, un documento donde condenan las condiciones de reclusión de Alfredo Cospito y las irregularidades en el proceso judicial.
Miembros de la Coordinadora Simón Bolívar, del 23 de Enero, se presentaron en la embajada de Italia como un gesto de solidaridad con el revolucionario Italiano, entregaron un documento dando cuenta de la solidaridad de los movimientos sociales revolucionarios contra la tortura y tratos crueles a los que es sometido Cospito.
JESÚS ARTEAGA / CIUDAD CCS