Desde el mes de abril del año 2022 la extrabajadora de PDVSA Johana González, tenía orden de excarcelación. Se va a cumplir un año desde dicho mandado del tribunal correspondiente, pero ella permanece detenida en forma arbitraria, ilegal e inconstitucional en el INOF porque el Ministerio de Servicios Penitenciarios no lo ha ejecutado durante estos casi 12 meses, contraviniendo así el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que consagra que ninguna persona continuará detenida después de dictada orden de excarcelación, por lo que podría entenderse esto como un secuestro a esta venezolana.
Durante su prolongada e injusta detención, se han realizado múltiples solicitudes ante los responsables del Ministerio de Servicios Penitenciarios e incluso la denuncia ante la Fiscalía General de la República y la Defensoría del Pueblo, pero lejos de lograr su liberación, la respuesta ha sido que esta compañera -quien es madre de dos hijos menores de edad-, sea sometida a malos tratos y hasta a condiciones inhumanas de aislamiento en algunos momentos.
Ahora, no basta con la injusta e ilegal detención de Johana durante estos últimos 11 meses, sino que recientemente, el mismo tribunal que emitió la boleta de excarcelación dictó Auto mediante el cual acordó reponer la causa tal y como lo establece el Art 110 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República mediante la cual dicta Auto de Ejecución de sentencia y en consecuencia dejó sin efecto la Boleta de Excarcelación, considerando que la Procuraduría no había sido informada, proceso que es responsabilidad del mismo tribunal.
Reiteramos que en el caso de Johana se decretó legalmente su libertad el 29 de Abril del año 2022 luego de verificar que se cumplieron todas las condiciones establecidas en el Codigo Organico Procesal Penal para otorgar la medida de suspensión condicional de ejecución de la pena que le correspondía por tener una condena de 5 años de prisión que le fue impuesta después de ser coaccionada por el juez José Mascimino Márquez (hoy detenido por corrupción) a acogerse al procedimiento de admisión de los hechos.
Debemos insistir que este mandato judicial, no fue ejecutado por el Ministerio de servicios penitenciarios durante todos estos meses, violando así el artículo 179 del Código Penal.
Las autoridades venezolanas continúan violando el derecho a la libertad de Johana González, por lo que exigimos su inmediata liberación y cese el secuestro de esta trabajadora, la cual no puede seguir pagando con su libertad y sufrimiento de sus familiares las malas gestiones burocráticas y administrativas de los entes e instituciones involucradas.
¡Que lo injusto no nos sea indiferente!
Comité de Familiares y Amigos por la Libertad de lxs Trabajadorxs Presxs