DESGUACE CONSTITUCIONAL

Nuestra República se sostiene en tres columnas vertebrales: una, son los principios y valores republicanos sobre los cuales se asienta nuestra Doctrina de Seguridad de la Nación y la Defensa integral, relacionada directamente con la historia libertaria emancipadora y el ejemplo de Simón Bolívar. La segunda, viene también de la claridad de nuestro Libertador cuando dicta sendos Decretos de Minas (1824-1829) para asegurar el sostenimiento material de las nacientes Repúblicas y se trata, del dominio sobre los recursos del suelo y subsuelo y el utipossidetis iuris según el cual los territorios que eran propiedad de la Corona Española después de la Independencia, pasaban a ser de los países liberados, principio plasmado Constitucionalmente desde 1830 hasta nuestros días, que insiste en reconocer que el territorio de Venezuela comprende todo lo que antes de la transformación política de 1810 se denominaba Capitanía General de Venezuela cuyo territorio se extendía hasta el margen de la parte oriental del Río Esequibo, dispositivo conexo con el dominio y señoreaje del Estado propietario venezolano de recursos naturales, que además no es una herencia cualquiera, sino que nos la ganamos guerreando por nuestra Independencia, donde quedó diezmada la mitad de la población.

Otro de los pilares cardinales de nuestra República, es la esencia intelectual y espiritual: la Constitución de 1999, carta de navegación que no es una simple tabla de derechos y deberes, un escueto libro que podemos considerar coyuntural, dúctil y moldeable, ni un capricho que podemos modificar a nuestro arbitrio estando en el poder, ni por inclinaciones ideológicas pervertir, desviar o desnaturalizar. Fue resultado de un acuerdo y arreglo, producto de un proceso constituyente nacional, dónde se convocaron a todos los sectores de la vida venezolana para participar. Ése es el sentido de la potencia constitucional. 

Nuestro pacto prevé un Estado, como expresión de la comunidad política e instrumento de transformación social, que busca liberar al ser humano de la miseria y lograr la equidad material y armonía social, un Estado inspirado en las ideas Bolivarianas, Anti neoliberal y Anti fascista, que no contiene una visión individualista negadora del bien común, pero tampoco colectivista que niega el desarrollo del individuo, es un modelo mixto, singular y anómalo: Ni esclavo del Estado, ni esclavo del mercado, ni del partido único. Prescindir de la CRBV desbarataría la viabilidad estratégica del proyecto nacional vulnerando el interés nacional, la independencia y la soberanía.

Los fundamentos constitucionales se erigen en cimientos que arreglan, sostienen, dirigen y resguardan nuestros asuntos del presente y nuestro horizonte intergeneracional, resolviendo inclusive las diferencias coyunturales y estructurales. Sobre esas columnas descansan y se establecen los principios y valores rectores que nos definen y aportan nuestra esencia Republicana y como Nación al mundo ante los factores hostiles y adversos que nos confrontan, por lo tanto, es imperativo impedir deshacerla, sabotearla, esquivarla, derogarla, desatenderla, socavarla o desguazarla, utilizando como excusa las condiciones que nos impone éste entorno hostil globalista. Permitir que esas fuerzas modifiquen, desnaturalicen nuestra Constitución es dejar que cambien la esencia misma de nuestra Patria, de nuestro pueblo, de la República, pulverizando y extinguiendo nuestro conatus como Nación.

Defenderla, no es un asunto acomodaticio, la nuestra no es una Constitución dúctil, es una Constitución fundante de una idea de República independiente, soberana con unos valores y principios basados en la vida, la democracia, la autodeterminación, inmunidad, integridad territorial, libertad, igualdad social, justicia, democracia, preeminencia de los derechos humanos, ética, pluralismo político y solidaridad, que recogió lo mejor del pensamiento Bolivariano Republicano, de sus ideas liberales y sociales, del justicialismo social, de la doctrina social del cristianismo, incluso lo mejor de la visión del Estado de Bienestar europeo, para darnos un modelo superior: el Estado Democrático Social de Derecho y de Justicia, cuyos fines esenciales son la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad, felicidad y bienestar del pueblo a través del trabajo y la educación, que entiende que la base de la sociedad no son individuos desagregados, fragmentados y aislados en competencia perpetua, hedonistas, consumistas e individualistas, sino que somos más potentes como comunidad política. Reconociéndonos en lo común, que es lo más conveniente y útil: entrar en cooperación, aumenta nuestra potencia como individuo y como comunidad social y política, ése es el secreto que encierra la filosofía de nuestra Potencia Constitucional.

Modela nuestra Carta Magna un Estado de justicia social que está obligado a romper el ciclo de la pobreza y no está limitado sólo a garantizar los derechos sociales, también los económicos, culturales, ambientales e intangibles, además debe buscar reducir las diferencias entre clases sociales mediante una mejor distribución de lo producido, manejo racional de los recursos naturales e intervenir en la prestación de servicios a la colectividad, reservándose rubros estratégicos, manteniendo sus facultades de vigilancia, inspección, fiscalización y control, evitando el monopolio y abuso de la posición de dominio, en beneficio de los excluidos históricamente.

 El planteamiento de una economía post petrolera, con el añadido de no ejercer el dominio (propiedad territorial nacional), implica destruir la renta, en lugar de ello, debemos es direccionarla, administrarla y controlarla para beneficio de todos. En nuestro país, cada uno de sus ciudadanos es dueño de todas las riquezas habidas en el suelo y subsuelo y nadie puede ceder o vender bajo ninguna circunstancia lo que pertenece a nuestra República y su población actual y las generaciones que están por nacer. El usufructo de esos bienes públicos (renta e ingreso de las riquezas nacionales) por su dueño (Dominio-propiedad) es un derecho real, eso precisamente, es lo que pretenden desconocer, quitar, arrancar para convertir todas esas riquezas, en propiedad privada de las corporaciones globales.

El legado constitucional (nuestra mejor defensa) cuyo punto de partida fue una Asamblea Constituyente como acto teleológico jurídico, acontecimiento voluntario y fuerza que se opone al anticristo que representa el capitalismo como modelo de dominación, es una episteme (lo que nos orienta), faro que nos permite navegar para conocer, para llegar a la verdad de la cosa y de las cosas en estos tiempos tan difíciles, cuya orientación debe centrarse primero en la protección del interés nacional en medio de la incertidumbre mundial. Siendo luz en medio de la oscurana, debemos impedir que intereses transnacionales e incluso antinacionales internos globalizantes continúen en su innoble tarea de derogarla y destruirla de facto, vendiéndoles y vendiéndonos erróneamente la idea de que por encima de ella puede existir una supranacionalidad y una suprajuricidad que la derogue.

No es una Constitución muerta, de ella derivan las soluciones para los problemas políticos, sociales y culturales que nos planteamos frente a la coyuntura global asfixiante, que perfectamente puede salvar las diatribas, sin necesidad de conculcarla, qué es lo que se ha hecho hasta ahora. Por eso nuestro irreductible compromiso con la tutela de la potencia de la Constitución, porque nos trasciende, es intergeneracional, es el legado, la protección más importante que nos hemos dado y además contiene el ADN de nuestra idiosincrasia como pueblo y como Nación.

Resguardarla a toda costa, no es simplemente una intransigencia, es un deber. La esencia de la potencia constitucional es el resumen de nuestra experiencia histórica republicana, de todos los hombres y mujeres que hemos convivido a lo largo de esta historia, desde antes de nuestra independencia y después de ésta, hasta el día de hoy, en un proceso histórico constituyente dónde se recogieron todos los principios, valores, garantías, deberes y derechos que nos señalan el camino a transitar y así, tener una esperanza y una luz ante tanta hostilidad.

Descansa dicha potencia, en principios transversales tales como la inmunidad de soberanía establecida en el artículo 1º, el principio del control de la constitucionalidad, es decir, la capacidad de ejercer controles (check and balance) que se traduce en la necesidad de que no puede existir ningún poder absoluto, sino que tienen que existir pesos y contrapesos. En retrospectiva y a modo de balance, el mayor daño que le han hecho a nuestro modelo constitucional y su potencia, ha sido la hegemonía mal entendida, que ha destruido la base fundamental de la República. Por ello, es imprescindible retornar a los equilibrios constitucionales, a los pesos y contrapesos, entender que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo y que de ella debe partir la solución para enmendar el entuerto constitucional.

Otro principio que debe rescatarse es el principio de primacía de la Constitución, no como simple hecho material formal leguleyo, sino como el fundamento, la fortaleza donde descansa la democracia, la libertad, la igualdad, la solidaridad, la paz y la justicia social. Asiento de nuestro modelo constitucional y del Estado Democrático, Social, de Derecho y de Justicia, donde yace nuestra propuesta de democracia soberana. Así, leyes, actos, decisiones y vías de hecho que contravengan la Constitución deben ser revisados y deben derogarse para recuperar su supremacía. Dentro de la Constitución todo, fuera de ella nada.

En ése modelo, decidido por el poder constituyente, existe un pacto fundamental (no sólo un pacto constitucional) que establece un estándar que busca “el justo medio” entre libertad e igualdad, pacto que no puede ser violado, usurpado ni desconocido por los órganos representativos. Contemplando además una concepción abierta, pacífica, democrática y flexible del proceso constituyente hasta el punto de prever soluciones a las situaciones de crisis institucional pues la Constitución de 1999 una de las maravillas que tiene, es que establece el mecanismo para que el poder constituyente no le sea expropiado al pueblo. En el caso de una crisis institucional política sin salida, queda siempre un recurso: que el pueblo, recogiendo firmas hasta un porcentaje determinado, o la Asamblea Nacional, o el Presidente de la República, puedan activar un Referéndum para reformar, enmendar, reestructurar o incluso elaborar un nuevo texto constitucional. Para realizar esto último, obviamente, habría que agotar las instancias previas. (Biardeau)

Desde el año 2014 hasta el día de hoy, Venezuela se debate entre la primacía del gobierno sobre los intereses y la esencia misma de la República. La administración del gobierno sobre la Constitución. Y en ésa estructura dual de la máquina gubernamental, que es funcional al sistema bipolar de legalidad y legitimidad, sin embargo, se han olvidado que la legitimidad no tiene otro significado que la legalidad de las acciones y medidas del gobierno, hoy francamente conculcadoras de las libertades y derechos constitucionales.

Dichas acciones desplegadas han impuesto un Estado Administrativo que, tomando forma de disposiciones pseudo legales (ley antibloqueo dixit) sobre la base de una situación determinada a propósitos o necesidades prácticas (evadir las sanciones) imponen de facto y dictan un estado de excepción atemporal, basado en la necesidad de permanecer en el poder (aún a costa de borrar la Constitución), prevaleciendo los intereses del gobierno y la administración, a través de un orden extrajurídico que fundamenta su actuación y ejercicio vía decretos o vías de hecho y bien mediante sentencias retrógradas de un poder judicial -TSJ SC- que actúan no como guardianes de la Constitución, sino como garantes de las acciones y medidas dictadas por el gobierno, intoxicándola hasta desnaturalizarla en un acto de monstruosa corrupción jurídica-política, corrupción constitucional que destruye su esencia forjada por el espíritu del constituyente que quedó registrado en el texto y en el logos de la Constitución.

Esas medidas, decretos, leyes y sentencias constituyen acciones que erosionan y carcomen, ocasionando su desguace: desde los ataques desde adentro y desde afuera de la Asamblea Legislativa 2015- 2020, interpretaciones retrógradas por parte de ciertas Salas del TSJ, sin el debido cuido y accionar de la Sala Constitucional, incluyendo actuaciones de la pasada ANC de 2017 (Ley Antibloqueo, Ley Inversiones Extranjeras, por ejemplo), ello sumado a la inobservancia de cláusulas constitucionales importantes por parte de los operadores oficiales de ella. El producto final obtenido: su desvalorización, que bien puede configurar la desconstitucionalización en sí. Una verdadera Termidor Constitucional.

Algunos ejemplos de este desguace constitucional lo son el Decreto del AMO (Arco Minero del Orinoco), la apertura petrolera inequitativa a los intereses del país usando como paraguas la Ley Antibloqueo, privatización de los servicios públicos, Ley de creación de las Zonas Económicas Especiales, Instructivo ONAPRE, Memorándum 2792, el remate al peor postor transnacional de los recursos naturales, la dolarización de facto de la economía, patrimonialismo, aumento de la represión individual y colectiva a quienes se opongan al actual desgobierno, entre otros; prontuario político que la historia terminará por juzgar indeclinablemente.

Dossier de una perfidia histórica, posiblemente nunca vista desde la creación de la República de Venezuela en 1830, acerca de lo cual debemos afirmar que no existe ni el crimen perfecto contra la Patria, ni tampoco es posible imaginar un poder absoluto que se busca ejercer en la actualidad fuera de la actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Ante estas acciones el Tribunal constitucional que debió actuar como pieza vital para la salud constitucional, como un órgano extra poder, y sus magistrados operar primero como guardianes del orden constitucional, luego como agentes del cambio social, debiendo revisar éstos actos e inclusive sus propios fallos inconstitucionales, no lo han hecho.

Mientras ese estado de cosas sigue sucediendo, no nos cansaremos de levantar nuestra voz y empujar la construcción de una República de ciudadanos prósperos, no regidos por el egoísmo y la competencia vil, sino por la cooperación beneficiosa; por una democracia soberana que defienda por una parte la soberanía nacional y la soberanía individual como fundamento y por otro lado, la libertad, pero no el libertinaje que impone el modelo nihiliberal, sino una libertad social, que implique la garantía de las condiciones materiales para ejercer dicha libertad. Insistimos, libertad y soberanía deben estar juntas. Sin soberanía la libertad es flatusvocis, aire, pero una soberanía, sin libertad es tristeza para los ciudadanos. El secreto es más y mayor democracia, con plena participación y ejercicio de lo político, sin ésas condiciones, no hay prosperidad, ni crecimiento real, ni desarrollo.

Aprendamos la lección: en Argentina ganó una visión, la misma que terminó de destruir a EEUU desde los 70´s y su estado de bienestar industrial: así lo denuncia Chomsky, Galbraith y Bauman, entre otros. Cómo también lo destruyeron en UK con la Thatcher, la URSS y Europa del Este. En Suramérica se aplicó en Bolivia y la Argentina de De la Rúa. Aquí el modelo neoliberal alcanzó a asomarse en los 90´s y fue repelido por nuestro pueblo. Hoy regresan los neoliberales y los nihiliberales de nuevo cuño, con sus mitos del mercado, con sus molinos satánicos como dice Polanyi, a convencernos de que no hay alternativa y para salvarnos deben eliminar obstáculos: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

  Nosotros, después de una profunda reflexión desde Bolívar, Spinoza y Balibar, entre otros, ofrecemos una solución para salir del conflicto entre la opresiva oferta de los neoliberales del momento y del futuro, y el colectivismo mal entendido que disuelve al individuo, proponiendo un modelo: nacionalismo de inclusión y democracia soberana, como expresión del poder constituyente, del conatus colectivo plasmado en la libertad social, concepto de cuño Bolivariano, que no es otra cosa sino la resolución del impasse entre libertad e igualdad social.

Libertad social, sustentada en la necesidad de generar condiciones materiales para el ejercicio de la libertad individual, en una sociedad que busca la concordia, dónde el Estado sea la expresión de ése acuerdo y no el gendarme necesario, dónde la virtud de la República sea buscar lo que más nos conviene, lo que nos es más útil recíprocamente, en una unión de mentes que, aplicando la inteligencia estratégica, construya una Geometría de la Potencia como doctrina emergente para rectificar los errores cometidos y salvar la República.

Alternativa que desarrollamos en nuestras IDEAS GERMINALES[1], ante ése neoliberalismo anarco capitalista pavoroso de Milei y María Corina Machado, pero también contra el progresismo neoliberal de este gobierno, ambos como las dos caras de una misma moneda: un cóctel destructivo entre agendas progresistas postmodernas de minorías y medidas ultra neoliberales monetaristas.

MARIA ALEJANDRA DIAZ

Abogada Constitucionalista


[1] Ideas Germinales publicado en www.mariaespueblo.com