Para la verdad: justicia

Ley de amnistía se parece a los procesos de autoperdón que ejecutaron las dictaduras suramericanas

Parece mentira, que algunos de quienes están al frente de las instituciones del sistema intermaericano desconozcan sus principios, personajes como Luis Almagro, Secretario General de la OEA parece no haber leído, por ejemplo el informe de 1986 publicado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con respecto a los procesos de autoperdón que ejecutaron las dictaduras suramericanas para librarse de sus crímenes: “Toda sociedad tiene el irrenunciable derecho de conocer la verdad de lo ocurrido, así como las razones y circunstancias en las que aberrantes delitos llegaron a cometerse, a fin de evitar que estos hechos vuelvan a ocurrir en el futuro”

Hay más, en su informe sobre la Ley de Amnistía hecha por la dictadura chilena para limpiarse de culpas se establece: “La autoamnistía fue un procedimiento general por el cual el Estado renunció a sancionar ciertos delitos graves. Además, por la manera como fue aplicado el decreto por los tribunales chilenos, no solamente impidió la posibilidad de sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos, sino también aseguró que ninguna acusación fuera hecha y que no se conocieran los nombres de sus responsables (beneficiarios) de forma que, legalmente, éstos han sido considerados como si no hubieran cometido acto ilegal alguno”. Tal parece que algunos (como Almagro) fingen locura cuándo una ley muy similar es aprobada en la Asamblea Nacional venezolana para autoperdonarse.

Las similitudes entre lo que pretendía la amnistía de la dictadura chilena y la actual del parlamento son palpables. Se registraron en el país acciones violentas que fueron planificadas y comunicacionalmente evidente líderadas por actores políticos y económicos, dichas acciones generaron violación de derechos humanos, asesinatos, mutilaciones, violación de libre tránsito, de la libertad de expresión, entre otros aspectos. Quines lo planificaron y ejecutaron son dirigentes de la oposición venezolana, que hoy con mayoría parlamentaria se autoperdonan.

Seguimos con el informe sobre el caso chileno de la CIDH: “La ley de amnistía, según fue aplicada e interpretada por los tribunales del Estado chileno, impidió a los peticionarios ejercer su derecho a un proceso justo para la determinación de sus derechos civiles, consagrado en el artículo 8.1 de la Convención”.

“La autoamnistía fue un procedimiento general por el cual el Estado renunció a sancionar ciertos delitos graves. Además, por la manera como fue aplicado el decreto por los tribunales chilenos, no solamente impidió la posibilidad de sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos, sino también aseguró que ninguna acusación fuera hecha y que no se conocieran los nombres de sus responsables (beneficiarios) de forma que, legalmente, éstos han sido considerados como si no hubieran cometido acto ilegal alguno”, así lo señala el informe citado anteriormente. En todo este contexto Chile creó en 1990, cuándo se fue el dictador la Comisión Nacional de Verdad y Conciliación, para determinar las responsabilidades en la violación de derechos humanos fundamentales.

En el artículo 1.1 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos se subraya: “el Estado tiene la obligación de investigar las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción, a fin de identificar a los responsables, de imponerles sanciones pertinentes y de asegurar a la víctima una adecuada reparación”.

Todo ello apunta a creer que la ley aprobada en la Asamblea Nacional se salta todo ello, ya que evita imponer sanciones, identificar responsables y mucho menos reparar a las víctimas.

Podemos resumir palabras claves, sobre lo que la jurisprudencia hemisférica señala como necesidades para los procesos de amnistía: determinación de la verdad; determinación de responsables; reconocimiento de los hechos por los autores; resguardo de los derechos de las víctimas. Es decir, para la justicia: verdad.

En ese sentido se crea en Venezuela, el 11 de abril, el Presidente Nicolás Maduro creó la Comisión para la Verdad y la Justicia.

¿DÓNDE SE HAN INSTITUÍDO COMISIONES DE VERDAD?

La mayoría de las comsiones para la verdad y la justicia se han constituído en Latinoamérica, En Argentina surge en 1983, para conocer lo ocurrido con los crímenes de la dictadura que recién se iba. En El Salvador en 1992, luego del final del conflicto armado entre el Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional y el gobierno de ese país. En Chile se crea en el año 1990. En Haití se creó en 1995 la Comisión Nacional de Verdad y Justicia. Como parte de los acuerdos de paz en Guatemala nace en 1994 la Comisión para el Esclarecimiento Histórico. En Perú se crea en el año 2001, para investigar lo ocurrido en el conflicto armado que vivió esa nación. La de más reciente creación en el Sudamérica fue la Comisión Nacional de la Verdad fue la juramentada por la Presidenta Dilma Rousseff en el año 2012 para conocer lo ocurrido durante las dictaduras. Vale destacar que la derecha brasileña intentó impedir el surgimiento de esta comisión, precisamente en el año 2014, esta comisión pidió a la Presidenta Rousseff anular la amnistía que mantenía en la impunidad las sistemáticas violaciones de los derechos humanos ocurridas entre 1964 y 1985.

En África, se creó en 1995 la Comisión de la Verdad y la Reconciliación para investigar los crímenes del régimen racista. En Uganda en 1986 se conforma la Comisión de Investigación de las Violaciones de los Derechos Humanos. En Chad en 1992, surge la Comisión de Encuesta sobre los Crímenes y los Abusos Cometidos por el ex Presidente Habré, sus coautores y/o cómplices. En Nigeria se crea una comisión en 1999. Mientras que en Sierra Leona se conforma en el año 2000.

En Asia, en Timor Oriental, año 2002, luego las masacres ejecutadas por el partido gobernante y la posterior respuesta armada a ello.

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T/ Chevige González Marcó
I/ Vargas